Euporia

Las salidas, en orden

Cuando la hipoteca empieza a pesar, lo que más daño hace no es solo perder la casa: es quedar fuera del sistema financiero. Si se llega a subasta, la vivienda suele adjudicarse por debajo de su valor, la deuda puede no quedar saldada y vienen los ficheros de morosidad, los embargos y años sin crédito. Actuar a tiempo corta esa cadena. Por eso miramos las opciones en este orden:

Por Ramón J. Giménez, consultor inmobiliario en València · Actualizado el 4 de noviembre de 2026

1. Hacer el diagnóstico

Qué es: saber cuánto pagarás tras la próxima revisión, qué parte de tus ingresos se va en deudas y cuántos meses te cubre el ahorro.

Qué hacer: usa el diagnóstico y pide al banco por escrito el certificado de deuda, el cuadro de amortización y la fecha de la próxima revisión (carta A).

2. Ajustar el presupuesto

Qué es: recortar gastos y, si tienes ahorro de sobra, adelantar una parte de la hipoteca.

Cuándo encaja: cuando el desfase es pequeño o temporal.

Qué hacer: revisa suscripciones, seguros y productos vinculados a la hipoteca; a veces se pueden cambiar, pero comprueba antes si eso sube tu diferencial. Si adelantas dinero y lo que te aprieta es la cuota, elige bajar la cuota en vez del plazo, y pregunta antes la comisión.

Cuidado: no te quedes sin colchón. Conviene guardar al menos tres meses de gastos.

3. Negociar con el banco

Qué es: pedir un cambio de condiciones. Más plazo (la cuota baja, pero pagas más intereses en total), una carencia (unos meses pagando menos o solo intereses) o pasar a tipo fijo o mixto (la cuota deja de cambiar).

Cuándo encaja: casi siempre merece la pena intentarlo, y mejor antes del primer impago.

Qué hacer: pídelo por escrito (carta B) y pide la respuesta también por escrito, con la cuota, el tipo, la TAE y los gastos.

Cuidado: lee la oferta antes de firmar. Seguros nuevos, comisiones o meter otros préstamos dentro de la hipoteca pueden encarecerla.

4. Medidas públicas: el Código de Buenas Prácticas

Qué es: medidas para familias con muchas dificultades de pago. Solo las aplica el banco que se ha adherido (la adhesión es voluntaria) y solo si cumples los requisitos.

Requisitos principales (a fecha noviembre de 2026):

  • Es tu vivienda habitual.
  • Los ingresos de la familia no superan 3 veces el IPREM anual de 14 pagas (25.200 € al año en 2026: el IPREM sigue en 600 € al mes, fijado por la Ley 31/2022 y prorrogado desde entonces; 4 o 5 veces en casos de discapacidad, dependencia o enfermedad que impida trabajar).
  • La cuota de la hipoteca supera el 50 % de los ingresos netos (el 40 % en esos casos).
  • Tu situación ha empeorado en los últimos cuatro años: ha subido tu esfuerzo o han surgido circunstancias de especial vulnerabilidad.
  • El precio de compra de la vivienda no supera ciertos límites.

Qué ofrece, en este orden: reestructurar la deuda; si no es viable, una quita o la dación en pago; y, si la vivienda ya se ha ejecutado, alquilarla en condiciones favorables.

Qué hacer: pregunta a tu banco si está adherido (carta A). La lista de bancos adheridos está en el Portal del Cliente Bancario del Banco de España.

Cuidado: las medidas especiales por la subida de tipos que se aprobaron en 2022 ya han terminado: se podían pedir durante 36 meses (hasta finales de noviembre de 2025) y 42 en los municipios afectados por la DANA (hasta finales de mayo de 2026), según el Real Decreto-ley 19/2022, art. 3.

5. Cambiar de banco

Qué es: llevar tu hipoteca a otra entidad que te dé mejores condiciones.

Cuándo encaja: si estás al día y tu esfuerzo es asumible. Con impagos, es muy difícil que otro banco la acepte.

Qué hacer: compara la oferta completa (tipo, TAE, productos vinculados y gastos del cambio) y enséñasela también a tu banco: a veces mejora sus condiciones para no perderte.

Cuidado: si solo baja la cuota porque alarga mucho el plazo, puede salirte más cara.

6. Vender a tiempo

Qué es: vender antes de que el problema llegue a subasta, cancelar la hipoteca en la firma y quedarte con la diferencia, si la hay.

Dos formas: venta ordenada en el mercado (suele dar mejor precio, pero lleva meses) o venta a un comprador que paga con fondos propios y cancela la deuda en la firma (más rápida, normalmente a un precio menor).

Cuándo encaja: cuando no hay forma razonable de mantener la cuota y la vivienda vale más que la deuda total.

Qué hacer: lee la guía «Vender tu casa con hipoteca».

7. Seguir en la vivienda después de venderla

Qué es: vender y quedarte de alquiler, a veces con la opción de volver a comprarla más adelante.

Cuándo encaja: si necesitas tiempo (colegio, trabajo, salud) y el alquiler es asumible.

Cuidado: son contratos delicados. Que los revise un abogado antes de firmar: precio y plazo de recompra realistas, y qué pasa si te retrasas con el alquiler.

8. Dación en pago o acuerdo de cancelación

Qué es: entregar la vivienda al banco a cambio de que cancele la deuda.

Cuándo encaja: si la vivienda vale menos de lo que debes y no hay otra salida.

Qué hacer: el banco no está obligado a aceptarla, salvo dentro del Código de Buenas Prácticas si cumples los requisitos. Exige por escrito que la deuda queda cancelada del todo.

Cuidado: los impuestos no son los mismos que en una venta. Consúltalo con un asesor fiscal.

9. Segunda oportunidad

Qué es: un procedimiento judicial para personas que no pueden pagar sus deudas. Si se cumplen los requisitos, puede terminar con la cancelación de las deudas que no se pueden pagar.

Cuándo encaja: cuando, incluso después de vender o entregar la vivienda, quedan deudas imposibles de pagar.

Qué hacer: necesitas abogado; podemos acompañarte a uno especialista en segunda oportunidad. Si tus ingresos son bajos, pregunta por la asistencia jurídica gratuita (ayuda pública).

Fuentes: Real Decreto-ley 6/2012 (Código de Buenas Prácticas) · requisitos económicos (Banco de España) · texto refundido de la Ley Concursal (segunda oportunidad)

Información revisada en noviembre de 2026. Las normas cambian: compruébalo con un abogado o asesor antes de firmar.

Sigue leyendo

Hablar con nosotros

Qué pasa cuando nos escribes: te llamamos en el horario que nos digas, te preguntamos por tu situación y por los papeles que tienes, y no te pedimos que decidas nada en esa llamada.

Es opcional. Te pedimos solo lo necesario para contactarte: nunca DNI ni números de cuenta.